INFORME DE UN GRUPO DE JUECES QUE CRITICA LOS DESAHUCIOS
Un grupo de magistrados propone 18 medidas para frenar los desahucios
y critican el "extremadamente agresivo" procedimiento español de
ejecución hipotecaria, creado en 1909 para dar gusto a los bancos.
Un grupo de seis
jueces, coordinados por el vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)
Manuel Almenar ha elaborado un informe en el que propone 18 medidas para cambiar el sistema español de desahucios y paliar
el "auténtico drama" en el que están envueltas numerosas familias que
no pueden hacer frente a las cuotas de sus prestamos hipotecarios, "que
concertaron en época de bonanza económica simplemente para adquirir una
vivienda digna, y que tras el estallido de la crisis no pueden pagar".
El documento era un
anexo a un informe más amplio encargado por el Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) para conocer propuestas para la agilización y reforma de los
procesos civiles. Sin embargo, el Pleno del órgano del gobierno de los jueces
acordó este miércoles desmarcarse de
este trabajo, que ellos mismos encargaron, y no asumir ni debatir su
contenido, sin dar mayores explicaciones.
En el documento, los
seis expertos critican a los bancos por
su "mala praxis" y "ligereza" al extender los créditos
hipotecarios antes de la crisis sin valorar las posibilidades reales del
deudor, además de "la comercialización irresponsable, cuando no torticera,
de productos financieros complejos" que llevaron a cabo, en alusión a las
participaciones preferentes.
El informe destaca
que en el año 2012 se ha constatado un
aumento del 20,6% de ejecuciones
hipotecarias respecto al mismo periodo de 2011, y el número total de las
mismas desde que empezó la crisis ronda
las 350.000.
Procedimiento extremadamente agresivo
Los expertos
critican el "procedimiento privilegiado" para el cobro de créditos
hipotecarios vigente en España, que se creó en 1909 "debido a la presión
de los bancos" para que se les satisficieran las deudas de forma rápida.
Según estos expertos, es un "proceso judicial extremadamente agresivo
frente al deudor", que dota a la escritura de un préstamo hipotecario de
mayor eficacia incluso que una sentencia, y deja al deudor muy pocas
posibilidades de oponerse.
Los seis expertos
critican a los bancos por su "mala praxis" y "ligereza" al
extender los créditos hipotecarios antes de la crisis El grupo propone extender
al ciudadano que está sobreendeduado una parte de los beneficios y ayudas que la
banca recibe del Estado, para evitar la ruina de esa persona y su exclusión
social, y distribuir "equitativamente las consecuencias de la crisis
económica".
Entre las 18 medidas
que proponen, destaca la regulación
"imperativa" en determinadas circunstancias de la llamada dación en pago, es decir, de la entrega
de la vivienda como modo de extinción del crédito. En ese sentido, recuerda que
el Decreto-Ley del Gobierno, de 9 de marzo de 2012, que establece un Código de
Buenas Prácticas para las entidades bancarias en relación a las ejecuciones
hipotecarias, no ha dado resultados "por las estrictas condiciones para
fijar las personas que pueden acogerse a las medidas, lo que supone que sólo un
porcentaje muy reducido, en la pobreza más absoluta, puede acogerse a dichos
beneficios".
Dicho decreto
establece la dación en pago sólo si lo acepta el banco. La propuesta de los
expertos es que no sea voluntaria sino obligada en casos excepcionales. Y
también piden, en segundo lugar, que se eleve el denominado umbral de exclusión
que fija el decreto, que requiere, entre otros detalles, que todos los miembros
de la unidad familiar carezcan de rentas, y que la cuota hipotecaria sea
superior al 60% de los ingresos netos de la familia.
Asimismo, proponen
determinar el concepto de "deudor hipotecario de buena fe", a quienes
se aplicarían las medidas excepcionales, y que serían en cualquier caso
afectados por ejecuciones hipotecarias en vivienda habitual o en locales de
negocio, donde se establecería un régimen especial de ejecución hipotecaria más
garantista.
Los expertos admiten
que algunas de sus propuestas puedan considerarse "improcedentes,
inviables o descabelladas", pero cree necesario iniciar este debate jurídico y realizar las reformas legales y
procesales pertinentes para paliar este drama social.
Los jueces que han
participado en el trabajo son
Angel Galgo, Pilar López Asensio, Enrique García
García, María del Mar Hernández Rodríguez, Pablo Quevedo y Pedro Luis Viguer.
El Pleno del Consejo analiza en su reunión de este miércoles el informe.
18 medidas contra el drama de los desahucios:
1. Determinar el
concepto de deudor hipotecario de buena fe, como sujeto de aplicación de
medidas excepcionales en la materia. Serían sólo afectados por ejecuciones
hipotecarias en vivienda habitual o locales de negocio.
2. Elevación del
denominado umbral de exclusión para flexibilizar los requisitos estrictos que
establece el Código de Buenas Prácticas aprobado por el Gobierno.
3. Regulación
imperativa en determinadas circunstancias de la dación en pago.
4. Establecimiento
de un régimen especial en el caso de ejecuciones hipotecarias de viviendas
habituales o locales de negocio, en el sentido postulado por el Defensor del
Pueblo.
5. Limitar los
intereses moratorios, prohibiendo que sean superiores en 2,5 veces al interés
legal del dinero en caso de descubierto.
6. Modificación del
procedimiento de ejecución hipotecaria para que deje de ser un prigilegio
procesal de los bancos, reconduciéndolo a las normas geneerales de la ejecución
ordinaria, aumentando así los motivos de oposición a la ejecución (pago,
nulidad o prescripción).
7. Atribución de
facultades al juez para acordar moratorias que dejen en suspenso el pago de las
cuotas hipotecarias, si concurren circunstancias excepcionales
8. Revisión legal del
concepto de fuerza mayor y redifinición de la cláusula que permita suspender el
cumplimiento de obligaciones por el deudor cuando las circunstancias se lo
impidan por motivos ajenos a su voluntad.
9. Modificar el
régimen de tasación de viviendas, a realizar por expertos independientes.
10. Elevar el
porcentaje de adjudicación al acreedor (actualmente es del 60 por ciento del
valor de tasación), ya que la Ley hoy permite al banco adjudicarse bienes por
valor notoriamente inferior al real.
11. Establecimiento
de periodos de carencia en la amortización del capital de forma obligada y no
voluntaria de los bancos como dice el Código de Buenas Prácticas.
12. Potenciación de
subastas por Internet para mejorar las adjudicaciones y el número de
interesados en pujar.
13. Regular un
procedimiento concursal específico para personas físicas que puedan paralizar
ciertas ejecuciones.
14. Ampliar los
supuestos en que el deudor puede continuar usando la vivienda habitual o local
de negocio satisfaciendo un canon mediante arrendamiento, leasing u otras
fórmula jurídicas.
15. Limitar gastos
en caso de mora.
16. Ampliar la
posibilidad de que el deudor pueda poner fin a la ejecución pagando las deudas
y rehabilitando el préstamo, ya que actualmente sólo se puede usar esa posibilidad
una vez cada cinco años.
17. Mediación previa
o simultánea obligatoria en las ejecuciones hipotecarias.
18. Crear Comisiones
Mixtas de Administración, banca y consumidores para favorecer soluciones
negociadas.
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