COMO TE ESTAFAN LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS
¿Has tenido un
accidente con tu vehículo? Puedes estar seguro que te han engañado. Si dedicas
unos minutos a la lectura de este post te podrás librar del clásico engaño que
se ha hecho crónico. Ya no se trata de la famosa “letra pequeña” que se
encontraba en todas las pólizas donde se excluían los daños a indemnizar ya que
las condiciones para la cobertura del seguro raramente se podían cumplir, o
como las condiciones que publicitaba un anuncio en la TV en referencia a su
competencia al mofarse que en la “letra pequeña” incluía los daños por nevadas
en el sur de España y los excluía en el norte. El cálculo de posibilidades de
que caiga una nevada que ocasione daños en Sevilla son más bien mínimas, no
obstante se paga en la prima. No se trata de daños que las compañías tienen que
cubrir de peras a uvas se trata de daños que cada día, en toda España, se
producen a cientos por no decir miles.
Los siniestros de los daños ocasionados a terceros en los
accidentes entre vehículos, en lugar de cubrir los daños se sacan de la manga
un engaño hábilmente preparado para convencer a la victima. Estas víboras para hacer entrar por el
aro a quien es victima de sufrir unos desperfectos en su vehículo, ocasionados
por un tercero, se apoyan en una inventada legislación vigente que les permite
irse de rositas. Esto
explicado así tendría que ser delito pero esas compañías aseguradoras su
materia prima es su servicio jurídico quien redacta las pólizas y se saca de
encima a quien proteste. La otra pata del tinglado asegurador son los
actuarios, que aplican modelos estadísticos y matemáticos para averiguar el
riesgo que se produzca un evento con tal de asignar una prima a la póliza y que
además la compañía aseguradora obtenga un beneficio. En definitiva, se trata de
cobrar las pólizas, a los clientes, y escaquearse en el pago de las coberturas
cuando se produce un siniestro.
Podemos describir un
caso concreto como los que se producen a cientos cada día. Por ejemplo tú
mismo, tienes un utilitario que te es necesario para ir a trabajar, tu seguro
es a terceros pero para no divagar sería mejor ir a la web de UNESPA la
Asociación Empresarial del Seguro a ver que nos dice respecto al seguro del
automóvil. Dice así:
¿Qué cubre mi seguro del coche? Todo propietario de un vehículo
a motor está obligado a contratar y mantener en vigor una póliza de seguro que
cubra la Responsabilidad Civil del conductor que se derive de los daños,
tanto personales como materiales, ocasionados a terceras personas como
consecuencia de un hecho de la circulación.
Seguro
Obligatorio (SOA). Este seguro cubre la responsabilidad civil del conductor frente
a terceros, pero no los daños personales ni materiales que el conductor o su
coche sufran cuando el conductor sea culpable de ese accidente. Parece que queda claro, lo que
llamamos seguro a terceros cubre los daños que le puedas ocasionar a otro y no
cubre los propios. Ahora resulta que un coche colisiona por atrás con el tuyo
cuando disminuyes la marcha por un semáforo, puede ser por varias razones: va
distraído, no guarda la distancia … la cuestión es que él es culpable del
accidente. No queda más remedio que hacer el parte del accidente, él lo remite
a su compañía y tú a la tuya. Tu compañía aseguradora te solicita a que taller
lo vas a llevar a reparar para enviar al perito para evaluar el siniestro. Es a
partir de aquí donde empieza el engaño.
Cuando el perito
aparece por el taller para evaluar los daños, tu entiendes como cualquiera, que
este individuo se presenta para que objetivamente fije un precio de la
reparación que deberá pagar la compañía de nuestro contrario que nos ha dado el
golpe. Con la peritación se asegura que el taller no le cobre de más y que se
atenga al daño ocasionado por la colisión. ¿Parece que queda claro? Pues no, el
perito, por llamarlo de alguna manera, es el cómplice necesario y tan solo
acude a hacer el paripé. Veamos el papelón del cómplice que se limita a tomar
nota del valor venal que es el valor que aparece en una lista que utiliza el
gremio de compra venta de coches usados y que no tiene ningún rigor nada más el
que le quieran dar como indicativo y sin ningún valor legal. A continuación tu
compañía te llamara por teléfono y te informará que el perito ha declarado tu vehiculo como
“siniestro total” por lo que los daños a cubrir se limitan al valor venal y
santas Pascuas, aquí te pillo y aquí te mato.
Cuando protestes te
dirán que eso es lo que dice la Ley y que no tienes nada que reclamar. Lo
presentan como lo tomas o lo dejas y de poco les sirve que digas que los
desperfectos no son de tal magnitud como para que se les declare como un
vehiculo irrecuperable, que el valor venal, después de comprobar en Internet
casas de compraventa de vehículos de segunda mano, no hay ninguno por ese
precio, que ese precio es en el caso de que lo quiera vender que no es el caso.
Así, con estos argumentos, puedes gastar un cubo de saliva y esas víboras no se
mueven que es la Ley que así lo dice. Esperan que te canses para salirse con la
suya, saben que tu necesitas el coche y acabarás aceptando el cheque con el
importe del valor venal.
Restitución in integrum: volver a poner las cosas en su
estado anterior
Antes de tomar una
decisión es necesario hacer un diagnostico. Veamos lo que estos bichos de tu
compañía se llevan entre manos, actúan en evidente perjuicio a sus
clientes que les han pagado una prima para que actúen frente a la compañía contraria
y les resarzan de los daños que ha provocado un tercero. Tu, que no eres de
aquellos que se chupa el dedo decides plantarles cara y para empezar les
solicitas por escrito, por correo electrónico también es valido, que te
especifiquen, asimismo por escrito, a que Ley se refieren ya que no la citan en
ningún momento. Recibirás una información para confundirte sobre la base
jurídica en la que se apoyan, que irá por este estilo: La
Ley a la que se refieren es el Código
Civil , concretamente el artículo 1902, que según ellos dice así: El
que por acción u omisión causa daño a otro, causado. Pero si vas al
artículo 1902 dice algo más: El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado. Omiten lo más importante que están
obligados a reparar el daño y no salirse de rositas indemnizando con un importe
que corresponde con el valor venal que se sacan de la manga. No acaba aquí la
cosa te soltarán un rollo que va de este palo “No obstante informarle que frente al principio de “restitución in
integrum” la jurisprudencia asentada establece que el resarcimiento
de los perjuicios causados debe ser justo y que éste no produzca enriquecimiento al
perjudicado y
que no resulte desproporcionado para el responsable. Es por ello que el juez
tiene la capacidad para moderarlas”. Encima de que te están robando ya que
la indemnización (la del valor venal) no cubre el coste de reparar el vehiculo
te hablarán de que te estas enriqueciendo. Lo que faltaba cornudo y tener que
pagar la cama.
Lo primero que hay
que hacer es solicitar al taller, donde esta el coche esperando ser reparado,
un presupuesto del arreglo. Para movernos con claridad será mejor aportar unas
cifras que nos servirán de ejemplo. Observarás que tu compañía que te asegura
los daños a terceros y te tramita el resarcimiento de los daños que te han
producido en ningún momento ha dejado por escrito el resultado del informe
del perito tasador, solo te ha informado verbalmente que
el valor venal era de 1.800€ y el coste de la reparación se tasaba en 3.900€ (te
recuerdo que es un ejemplo) e incluso cuando lo solicitaste no se te
proporcionaron. Para complementar los números falta añadir el importe del
presupuesto que te ha facilitado el taller por la reparación del vehiculo:
2.882€. Aquí
llegamos al magma del engaño, es su “propio” perito el que determina el coste
de la reparación falseando la realidad. ¿Por qué hincha el coste la reparación?
El perito facilita un coste
sustancialmente más elevado del proporcionado por el taller a tu petición. ¿Su función no era la
de determinar el importe de la factura del taller? ¿Hay alguna razón en este
proceder? El paripé y el engaño quedan al descubierto, lo que se pretende, por
los importes facilitados por el cómplice necesario, el domesticado perito es
adaptarse a la Sentencia del Tribunal Supremo del 3 de marzo de 1978 y 9 de
julio de 1957 cuando habla que la diferencia entre el valor venal y coste de la
reparación NO supere el 100%, la indemnización será el de la reparación del
vehículo.
Todo cuadra, en tu
caso particular el valor venal es de 1.800€ entonces el coste de la reparación ya
no tiene que ver con los desperfectos del vehiculo sino los que “su perito” se
saca de la manga con tal que supere el 100%, es decir 3.900€ (supera en 300€ el
100%) y por arte de magia se puede declarar siniestro total y en lugar de
cubrir los desperfectos según reza el artículo 1902 del Código Civil , antes citado,
se escaquean de pagar los daños poniendo de por medio la Ley. Menudos
sinvergüenzas. La realidad es bien distinta, recordemos: una vez solicitado el
presupuesto de reparación, al mismo taller que el diligente perito acudió, este
asciende a 2.882€, el 60% mayor que el valor venal ¿Qué importe indemnizaba la
compañía? 1.800€ (el valor venal) pues te toca rascar tu bolsillo, sin comerlo
ni beberlo, con 1.082€. Si
por cada accidente, sin importancia, se ahorran mil euros les sale a cuenta
montar este tinglado por la vía de la estafa. Cuesta comprender que siendo tu
compañía que te cobran una prima por ejercer su labor te
engañen con información falsa en tu perjuicio y a favor de la compañía
contraria al aplicarte el siniestro total cuando no lo es. Más bien parece que están conchabados
entre compañías con tal de eludir una buena parte de los siniestros que se
producen al rapiñar cientos de millones año tras año. Si hasta ahora el
populacho ha ido aguantando carros y carretas de lo que abiertamente es un
engaño rascándose el bolsillo este ha llegado a su fin.
¿Qué hacer? Te recomendaría, una vez que sabes el
argumento de la película, que no te doblegues ante estas víboras y recabes toda
la información posible utilizando el correo electrónico, en todo momento debes
de saber que persona es tu interlocutor y que te expliquen en base a que Ley te
aplican el siniestro total y los importes facilitados por el perito tasador. Cuando tengas esta información muestra tu disconformidad, siempre
por escrito, y acepta el cheque por el valor venal. Ingresado y cobrado el
importe reúnes la parte documental y lo denuncias a la policía, si, he dicho la policía no sólo porque
te han levantado 1.082€ con engaño sino por la estafa supermillonaria en la que
pillan a todo ser viviente con un vehiculo asegurado a terceros. La policía
podrá probar en su zona de influencia que en los talleres de reparación de
chapa y pintura se acumulan vehículos en espera de que sus propietarios
encuentren los fondos necesarios para cubrir la reparación de su bolsillo.
Varias denuncias en este sentido, en distintos lugares del país, podrán
acreditar la estafa continuada que estos golfos de las aseguradoras someten al
populacho obteniendo beneficios con la precariedad de una población apaleada
por todas partes.
Cada compañía aseguradora
pertenece a un banco lo que permite decir que de tal palo tal astilla. Por último y para poner el broche
final una reflexión: si tu compañía, en lugar de defender tus intereses
defiende los de la compañía contraria, que es la que tiene que pagar los
desperfectos, quiere decir que actúan conchabadas bajo el principio “hoy por mi
y mañana por ti”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario