OBJECIÓN FISCAL 2017
No
con nuestro dinero
Implacables
en su presión fiscal, El Estado no cesa de pedirnos: IRPF, IVA,
impuestos indirectos, tasas ... Y en este tiempo de tremendas
recortes en gasto social, de pérdida de derechos y de la mayoría de
nuestras conquistas, de desmantelamiento de lo público, cuando el
exiguo estado del bienestar del que todavía disfrutábamos tambalea,
observamos con vergüenza como, año tras año, se renuevan enormes
inversiones en la más estéril de los gastos: Gasto Militar.
La
Administración se queda, ejercicio tras ejercicio, con cientos de
euros de cada contribuyente. Para qué? Para comprar armamento
(contra quien usará?), Para absurdas intervenciones militares en el
exterior (las nuevas formas del colonialismo "humanitario"),
para sostener el complejo de la inútil búsqueda militar ...
Hacer Objeción Fiscal
Frente
a este despropósito, la ciudadanía tiene un arma: la Objeción
Fiscal.
La
Objeción Fiscal que no es otra cosa que nuestra negativa a colaborar
con el Estado en los gastos de preparación de guerras y en el
mantenimiento de la estructura militar, desobedeciendo activamente en
el momento de realizar la declaración de la renta ( IRPF). Consiste,
técnicamente, en aprovechar la declaración del IRPF para desviar
una parte de la totalidad de nuestros impuestos a un proyecto que
trabaje en la defensa de un progreso social solidario.
Cómo
se hace?
La
declaración del IRPF supone una magnífica oportunidad de recuperar
ese dinero y destinarlo a una finalidad justa. Cualquier persona,
tenga o no ingresos, tenga o no nómina, esté o no dada de alta,
puede hacer la declaración de Hacienda y reclamar este dinero al
Estado para desviarlo a un proyecto alternativo para la Paz. Puede
salir a pagar, a devolver o de cuota cero ... En todos los casos es
posible objetar. Si la declaración es recibida ya hecha o se
confecciona con un programa informático, siempre es posible copiar
manualmente los datos a un impreso en papel -añadiendo la objeción-
y presentarla en Hacienda o en el banco.
Dos
maneras concretas de hacerla:
Cuota
fija: teniendo en cuenta que el Estado ha destinado este último año
la cantidad de € 890,87 / persona, para gastos militares, se
establece una cuota orientativa para objetar de 84 €. Teniendo en
cuenta que es orientativa y que la persona que objeta decidirá si la
cantidad es mayor o menor.
Cuota
abierta: dado que la administración dispone de puntos medios para
recaudar nuestro dinero, resulta complicado determinar la cantidad
exacta que nos cobran a lo largo de todo un año. Sin embargo, la
Objeción Fiscal es, ante todo, una acción pública y colectiva de
denuncia al militarismo y una interpelación a la sociedad. Es mucho
más importante el hecho de objetar que la cantidad objetada y, por
ello, cualquier cantidad (por pequeña que pueda ser) es válida.
En
ambos casos la mecánica es muy fácil:
Hacer
la declaración de la renta hasta llegar al apartado de "Retenciones
y otros pagos a cuenta
". Rayar uno de los subapartados no utilizado y escribir encima: "Por Objeción Fiscal al Gasto Militar". En la casilla, añadir, la cantidad que objetar (la cuota fija o cualquier cuota abierta decidida).
". Rayar uno de los subapartados no utilizado y escribir encima: "Por Objeción Fiscal al Gasto Militar". En la casilla, añadir, la cantidad que objetar (la cuota fija o cualquier cuota abierta decidida).
Terminar
normalmente el resto de la declaración, sin olvidar que el
"Resultado de la declaración" debe verse disminuido si es
"a pagar" - en una cantidad igual a la cantidad objetada o
que la cantidad a devolver -si es "a devolver "- debe verse
aumentada también en esta cantidad.
Recuerda:
La
declaración puede salir a pagar, a devolver o de cuota cero. Siempre
es posible declararse persona objetora y reclamar el dinero de los
impuestos destinado al gasto militar y desviarlo a un proyecto
alternativo para la PAZ.
Es
posible utilizar el programa P.A.D.R.E., la página web de Hacienda,
los servicios de una gestoría o la cita previa para realizar los
cálculos generales de la declaración, pero sin entregarla. Luego se
trasladan los números manualmente en un impreso, se calcula la
objeción y, ahora sí, se entrega a Hacienda o se presenta en el
banco.
Para
las dos opciones:
Terminada
la declaración, ingresa la cantidad de la objeción fiscal al gasto
militar en el proyecto alternativo elegido. Es necesario solicitar
que en el concepto del recibo requerido en el banco al realizar el
ingreso alternativo aparezca "Objeción Fiscal al Gasto
Militar".
No
olvidar adjuntar a la declaración el justificante del ingreso.
La
Objeción Fiscal al Gasto Militar es una herramienta humilde pero
eficaz, permite evitar que parte de nuestra riqueza se destine a
fines criminales y, al mismo tiempo, denunciar la financiación del
militarismo y poder dedicar algo de nuestro dinero a fines
socialmente útiles y transformadores.
UN DESTINO ALTERNATIVO:
Asociación
Dulce Revolución de las plantas medicinales.
c
/ Barcelona, 72 bajos
25600
Balaguer
C.I.F
.: G25686346
info@dolcarevolucio.cat
Cuenta
de ingreso: BANCA ETICA FIARE ES72 1550 0001 24 0001501220
Nota:
Para diferentes preguntas y asesoramiento
SIOF
Tel: 93 441 1947
Correo
electrónico: obfiscal@pangea.org
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