LA BOMBA ATÓMICA LANZADA A LOS REGISTRADORES Y NOTARIOS
El presente artículo es
un descarado ejercicio de plagio del famoso artículo con el que abrió José
Manuel Novoa la veda respecto al mercado hipotecario.
Y es que el asunto de la
titulización se ve que es un tema demasiado complejo para un mundillo jurídico
del mercado hipotecario y sistema judicial que apenas sabe sumar.
En este artículo, vamos a
lanzar una bomba a la línea de flotación del mercado hipotecario, poniendo el
foco sobre el contrato de hipoteca y de la responsabilidad hipotecaria. Una
herejía en toda regla. Y es que la responsabilidad hipotecaria es, en muchas
ocasiones, un fraude de ley.
Este artículo no es un
artículo jurídico. Es más, el otro día alguien comentó que cierta Audiencia
Provincial no admitía el anatocismo o que el Supremo ha dictado jurisprudencia…
o que el Colegio de Registradores ha hecho tal o cual… los abogados al uso, se
inclinan ante estos métodos…, etc. etc. Si nos tragásemos todos los cuentos que
nos dicen, no seguiríamos en nuestro empeño.
Nos estamos refiriendo a
la reciente sentencia 180/2017 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número 2 de Torrelavega que declara “la
nulidad de la Cláusula Octava responsabilidad hipotecaria fuera de la devolución
del capital”.