Elena Cortés - Consejera de vivienda |
Sancionará con 9.000 euros a las entidades financieras que no pongan en alquiler sus viviendas deshabitadas.
Cortés
defiende que no cabe recurso del Gobierno porque su "seguridad jurídica es
plena como la luna llena".
El Gobierno andaluz dio hoy un paso al frente para frenar ese promedio
de 45 desahucios diarios que se dan en la comunidad y que suman más de 86.000
desde 2007. Dijo un "basta ya" con la aprobación de un ambicioso
decreto-ley que pone en
el punto de mira a los bancos: se les podrán expropiar por un plazo de tres
años en los casos de familias que vayan a ser desalojadas y en las que concurran circunstancias en las que su salida del
domicilio suponga una condena a la exclusión social o una amenaza para la salud
física o psíquica. Ante la situación de emergencia que viven muchos ciudadanos,
la norma entrará en
vigor el jueves, tras su publicación en el BOJA.
La Consejería de Vivienda carece de un cálculo de cuántos beneficiarios
puede haber de esta medida antidesahucio, pero desde la entrada en
funcionamiento el pasado 8 de octubre de la red de oficinas provinciales del
Programa Andaluz en Defensa de la Vivienda, que ofrecen asesoramiento e
intermediación entre afectados y entidades financieras, ha logrado la paralización de 964 desalojos, y 119 familias ya han
pedido auxilio. Con este dato como punto de
partida, el Ejecutivo no demorará la convalidación de este decreto-ley en el
Parlamento andaluz, sino que se verá como proyecto de ley por la vía de
urgencia.
El segundo pilar fundamental de esta nueva norma es que banca e inmobiliarias estarán obligadas a
declarar cuál es su parque de viviendas vacías y sacarlas al mercado del
alquiler. Si no lo hacen serán sancionados, siendo la falta
más grave penada con el pago de 9.000 euros. El volumen de vivienda desocupada
está en una horquilla de 700.000
a un millón de inmuebles (un 20% del parque
andaluz de viviendas), según datos de Vivienda. De este montante, entre 350.000
y 500.000 pertenecen a personas jurídicas. El dinero que se recaude irá
destinado a financiar políticas para promover el derecho a la vivienda.
Los particulares en posesión de más de dos viviendas también son un objetivo (se calcula
que son unos 246.000 propietarios). En este caso, en lugar de la sanción se
recurrirá a incentivos fiscales y seguros contra impagos y desperfectos para que pongan sus
viviendas en circulación. En este grupo no entrarán los titulares ni de segundas residencias, ni las
viviendas que se alquilan por temporada ni los apartamentos turísticos.
¿Inconstitucional?
La posibilidad de que el Gobierno central busque algún subterfugio para frenar este decreto, como así ha hecho en tres ocasiones con las subastas de medicamentos, está ahí, pero desde la Consejería de Vivienda se cree que no hay resquicio alguno para que acabe ante el Tribunal Constitucional. "Tiene seguridad jurídica tan plena como la luna llena", zanjó la consejera, Elena Cortés. La patronal de la construcción, muy crítica con la nueva norma, ya advierte de la posibilidad de recurrirla por "inconstitucionalidad" , a lo que Cortés no teme, para empezar, porque está convencida de que, aparte del Estatuto andaluz, tiene un importante "anclaje" jurídico nacional e internacional que avala su posición. Además, lanzó un aviso para navegantes: "la solución no es más construcción de vivienda".
La consejera situó esta medida pionera a nivel estatal en la "valentía" de un Ejecutivo que
ha apostado por un "cambio radical" para ir a la "raíz del
problema", que es el enfoque de la vivienda como un "derecho
humano" y la defensa de su "función social". Sin embargo, llegar
hasta aquí no ha venido exento de problemas. Ha habido discrepancias entre los
dos socios de Gobierno, pero el PSOE ha acabado cediendo ante la propuesta de
IU. En especial, en el capítulo de la banca (a esta no se le ha consultado para
la redacción del decreto, tampoco a los empresarios de la construcción).
"Los cambios profundos siempre generan dificultades. Habrá decretos más
sencillos, pero este ha salido con el acuerdo del Consejo de Gobierno y es
contundente. Es el decreto que esta consejera esperaba", resumió Cortés.
Una consejera que si no estuviera en el cargo, como manifestó hace una semana,
no dudaría en participar en los "escraches". Su postura es harto conocida,
porque también en la ocupación de viviendas vacías que dieron pie al fenómeno
de las corralas en Andalucía vio un síntoma de que había que hacer cambios
legales para que "no haya casas sin gente y gente sin casas". Frase
que se ha convertido en su máxima.
Cortés, que hizo una presentación de fuerte carga política de este
decreto, también tuvo unas palabras de reconocimiento para las plataformas,
sindicatos y ciudadanos comprometidos con esta causa y contrapuso ese escenario
de Madrid, donde el PP decidirá qué acaba haciendo con su iniciativa
legislativa popular (por lo pronto, ya no pasará por el Congreso sino que irá
al Senado), con este nuevo escenario andaluz.
Las claves:
Expropiación
La Junta expropiará a los bancos de manera temporal, por un plazo
máximo de tres años, las viviendas que estén inmersas en procedimientos de
desahucio hipotecario en los casos más graves de emergencia social. La Junta
tirará de sus recursos propios y pagará a las entidades un 2% del justiprecio
por año (es lo previsto en la Ley de Expropiaciones y equivale al precio al que
se tasa la vivienda para la expropiación, de forma que si se valora en 100.000
euros, la Junta pagará de su bolsillo 2.000 a la entidad). A pesar de las
estrecheces presupuestarias, Cortés asegura que hay recursos.
Para acogerse a esta medida los ocupantes tienen que reunir una serie
de requisitos. El principal es que la vivienda objeto del desahucio sea la
residencia habitual y permanente y que la finalidad del préstamo solicitado sea
el pago de la casa. El desalojo debe provocar una situación de exclusión social, lo que deberá estar acreditado por los servicios sociales
municipales. Se tomará como referencia para medir la situación de endeudamiento
respecto a las condiciones y circunstancias en que se recibió el préstamo el
que la hipoteca se haya
multiplicado por 1,5 y suponga más de un tercio de los ingresos familiares. El tope para acogerse a la medida es que los ingresos no superen tres
veces el Iprem (el Indicador público de rentas de efectos múltiple, es decir, el
antiguo salario mínimo, y que son unos 532 euros al mes).
Sanción por vivienda desocupada
El decreto recoge un sistema de sanciones leves, graves y muy graves
para los bancos, inmobiliarias y entidades de gestión patrimonial que mantengan
ocioso y no pongan en alquiler sus inmuebles vacíos. Está tipificado como muy
grave, y sancionado con 9.000 euros, no dar uso a una vivienda, arrendar,
transmitir o ceder su uso con destino a vivienda sin cumplir las condiciones.
Vivienda desocupada
Serán las que no cuenten
con contrato de suministro de agua y de electricidad o su consumo sea nulo o
escaso. Otras herramientas para la detección de éstas serán el padrón municipal
y otros registros de ocupantes, recepción de correo y notificaciones en otros
lugares. Se declarará como vivienda vacía aquella que se pruebe la no
habitación por un periodo de seis meses. Con estos datos se creará un Registro de Viviendas Deshabitadas, que se hará en función de un plan de inspección que estará listo en
el plazo de un mes.
Fuente:
Noticias relacionadas:
No hay comentarios:
Publicar un comentario